Normas de regulaciones generales
En 2013 se crea la Ley 1618 de garantía del pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.
Capacidad jurídica
En la Ley 1.996 de 2019 se establece el régimen para el ejercicio de la capacidad legal de las personas con discapacidad mayores de edad. La resolución 1904 de 2017, en su art. 7, regula la toma de decisiones en salud y el ejercicio de los DSR de las personas con discapacidad.
Políticas públicas
Se reconoce expresamente el derecho a la participación dentro de la Ley 1.618 de 2013. A través de la Ley 1.145 de 2007 se creó el Consejo Nacional de la Discapacidad.
Salud sexual y reproductiva (SSR)
Marco normativo
No tiene
Tiene a medias:
Existen gran variedad de normas que regulan aspectos relativos a la SSR. Por ejemplo, la Ley 115 de 1994 establece la educación sexual como una obligación; la Ley 823 de 2003 impulsa el acceso a servicios de salud integral, incluyendo SSR, para mujeres y grupos marginados; la Ley 1.620 de 2013 crea un sistema para la educación en derechos humanos y sexualidad, entre otras. También, la jurisprudencia del máximo tribunal se expresó respecto a los derechos sexuales y reproductivos de las personas con discapacidad. En la Sentencia T-573-16, se estableció que es inadmisible realizar procedimientos de esterilización sin el consentimiento de la persona y también debe asegurarse que haya sido precedido por apoyos y salvaguardias. Luego, en la Sentencia T-231-19 señala que sólo en casos de extrema gravedad, para proteger derechos fundamentales, es posible autorizar la sustitución del consentimiento. Por último, en la Sentencia T-357-22, reafirma el derecho de autodeterminación en materia de SSR de las personas con discapacidad.
Consentimiento informado
Regulado por la Resolución 4.343 del 2012, art. 4.2, la Resolución 1.904 de 2017, arts. 5 y 8 y la Resolución 051/2023 de IVE.
Informe del CDPC - 2016
La CDPD recomendó asegurar que se garantice el consentimiento libre e informado de PcD en la prestación de servicios de salud, incluyendo los de SSR y relativos al VIH-SIDA y los servicios e intervenciones psiquiátricas, incluyendo a través de protocolos.
Aborto
Regulación del aborto
No existe una ley de aborto pero las sentencias de la Corte Constitucional, como la Sentencia C-055 del 2022, se han referido específicamente a los derechos de las personas con discapacidad. También, la Resolución 051/2023 del Ministerio de Salud y Protección Social lo regula específicamente.
Disposiciones específicas
La Resolución 051/2023 del Ministerio de Salud y Protección Social, que adopta la regulación única para la atención integral en salud frente a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), establece en el artículo 4.2.5.9 que las mujeres, niñas, adolescentes o personas gestantes con discapacidad pueden ejercer su derecho a la IVE. Si es necesario, la atención debe ajustarse de manera razonable para que puedan tomar una decisión libre e informada.
Se permite el aborto cuando se diagnostican condiciones fetales incompatibles con la vida.
